Blogia
Liber & Carmela

LEGISLACIÓN PENAL

2.4 LEGISLACIÓN PENAL

1)EL DERECHO PENAL

A-El papel del derecho penal en la sociedad:

Conjunto de normas juridicopositivas reguladoras quedefinen como delito determinadas conductas a las que se le asignan consecuencias: penas.

B-El código penal recopila el derecho penal:

El código penal define los delitos y faltas tutelando los principios y valores básicos de la convivencia social. Si estos principios o valores cambian también se cambia el código penal.Se modifica para adecuarse a los nuevos delitos y tipos de acuerdo con la realidad social existente, para conseguir una respuesta efectiva.

C-Principios de garantías frente al sistema penal:

Los más importantes:

-De legalidad: Solo las leyes determinan que conductas son delito.Este principio tiene unos requisitos:la ley ha de ser previa a la acción que se quiere sancionar, ha de estar escrita y debe ser precisa delimitando lo que va a remitir.Hay dos elementos que ayudarán a mantener la garantía de derechos del ciudadano: 1) Garantía jurisdiccional: Sanciones puestas solo por el tribunal. 2)Garantía de ejecución: ejecutar tal y como explica la ley.

-De mínima intervención:El código penal solo juzga lo más grave.

-De proporcionalidad: Pena más o menos grave dependiendo de la gravedad del delito.

-De culpabilidad: Responsabilidad siempre personal nunca colectiva.

-De non bis ni ídem: No se puede juzgar a nadie dos veces por lo mismo.

-De humanidad en las penas:Carácter resocializador en contra de la crueldad.

-De igualdad jurídica: Actuar similar ante dos situaciones similares.

-De presunción de inocencia: Todos inocentes hasta que se demuestre su culpa.

-De indubio pro reo: Si se duda de la existencia del delito se favorecerá al acusado.

2) El Delito y La Pena

Delito: cualquier conducta humana que este referenciada como tal en la normativa penal.

Pena: medida que se impone al autor del delito.

*El Delito-

a)Delitos y Faltas: Son delitos o faltas las accciones dolosas o imprudentes penadas por ley.

El delito se considera una accion u omision tipica, antijuridica, culpable y punible(se puede castigar)

b) Formas de ejecutar un delito:

-Delito Consumado- Cuando se han realizado todos los actos de ejecución y se ha logrado el

resultado.

- Ejecución Imperfecta: Cuando el delito se inicia y no se consuma por causas independientes a la

. voluntad del autor.

c) Autoria y Partiocipacion:

- La Autoria - al autor inmediato individual de la acción.

- La Participación- complicidad o encubrimiento.

d) Circunstancias que modifican la responsabilidad penal:

- Circunstáncias eximentes: de responsabilidad criminal: la minoria de edad, situaciones en que

el culpable no pueda comprender la ilicitud del hecho, en defensa propia.

- Circunstancias atenuantes: las que reducen la pena: causas eximentes, obrar por causas que hayan

producido arrebato, estado pasional.

-Circunstancias agravantes: aumentan la pena: actuación con alevosia, producir sufrimientos

innecesarios, usar disfraz.

- Circunstancias mixtas: caso de abusos sexuales.

*La Pena-

Privación de los bienes juridicos que es impuesto por los órganos jurisdiccionales competentes.

a) Clasificación de las penas según su gravedad:

- Penas graves- Prisión superior a 5 años/Inhabilitación absoluta./Prohibición de comunicarse con la victima o familiares por mas de 5 años.

- Penas menos graves- Prisión de 3-5 años/Multa proporcional/Trabajos en beneficio de la comunidad de 31-180 dias

- Penas leves- Privación del derecho a conducir vehículos de 3 meses a un año/Localización permanente./Trabajos en beneficio de la comunidad de 1 a 30 dias

CLASIFICACIÓN DE LAS PENAS SEGÚN SU EFECTO

El artículo 32 del Código penal distingue:
vLas penas privativas de libertad:
§La prisión: consiste en la privación de libertad. Mínima de 3 meses y máxima de 20 años.
§La localización permanente: duración máxima de 12 días. El penado debe de permanecer en su domicilio o en lugar determinado fijado por el juez.
§Las penas privativas de los derechos:
oLa inhabilitación absoluta: privación definitiva de todos los honores. Duración de seis a doce años.
oInhabilitación especial: para empleo y cargo público, tutela o cualquier otro derecho. Duración desde 3 meses a 20 años.
oPrivación de los derechos de residir o ir a determinados lugares, de acercarse o comunicarse con la víctima y sus familiares. Duración máxima de 10 años.
oTrabajos en beneficio a la comunidad: condiciones:
-Con el consentimiento del penado.
-Actividades no remuneradas en labores de reparaciones de los daños causados o asistencia alas víctimas.
-No más de 8 horas diarias.
-No puede atentar contra la dignidad del penado.
-No se supeditará al logro de intereses económicos.
§Las multas: sanción pecuniaria. Se impone por el sistema días-multa, y su extensión puede ir de 10 días a 2 años. La multa se establece según al daño causado.
EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL
Artículo 130:
-Por muerte del reo./-Por el cumplimiento de la condena. /-Por remisión definitiva de la pena. /-Por el indulto./-Por la prescripción del delito….
EL PROCESO CRIMINAL
FORMAS DE INICIAR EL PROCESO
- La denuncia: La declaración de una persona para poner en conocimiento del juez, fiscal o policía de unos hechos que pueden ser un delito.

-La querella: Declaración por escrito al juez de unos hechos que creen como posible delito.El juez o tribunal deciden mediante un " auto" si admiten la querella y se inicia el proceso o si la desestiman que podrán usar el recurso de apelación.Precisa de la intervención de un abogado y en ella deben figurar: - datos del querellante y el querellado -El juez o tribunal al que se dirije. -Descripción precisa de los hechos. -Pruebas a efectuar.-Petición de admisión de la querella(suplico). -Firma del querellante. También deben aportarse pruebas.

También podemos iniciar el proceso mediante diligencias preliminares ( si la inicia el juez de oficio) o denuncia del ministerio fiscal.

-La detención: Privar de libertad a una persona por posible autor de un delito.Como máximo se le privarán 24 h y se pondrá a disposición judicial o será libre.Se puede ampliar a 72 h en caso de detención preventiva.

La declaración en comisaria: Se interroga al detenido. Éste no está obligado a contestar y tiene derecho a que este presente su abogado pero sin intervenir.Tiene derecho a: -No declararseculpable. -No declarar en su contra. - No contestar a lo que no crea conveniente. Ha de leer la declaración antes de firmarla y modificar o quitar lo que considere,inclusive no firmar si no esta de acuerdo.

-El detenido delante del juez: El juez puede tomar dos decisiones:

a) Prisión provisional:Medida cautelar por creer culpable del delito a esa persona o con muchos indicios y el tiempo depende del tipo de delito siendo máximo dos años aunque con excepciones si se cree que no se podrá juzgar en ese tiempo o la persona inculpada podria fugarse u ocultarse.Esta privación puede ser comunicada (con comunicación mediante visitas,cartas..) o incomunicada (aislamiento...).

b)La libertad provisional:Libertad con condiciones como fianza,prohibiciones,deberes,etc. Debe cumplir estos requisitos: -Inculpado que no tenga antecedentes. -El inculpado no va a sustraerse a la acción de la justicia.-Ausencia de alarma social.

 

 

0 comentarios